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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Vigésimo Tercero (23°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, Veintisiete (27) de enero de dos mil diez
 199º y 150º
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005139
 PARTE ACTORA: JOSE ANGEL CASTRO CASTILLO y JOSE ANGEL CASTRO CASTILLO
 APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
 PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACION EDUCATIVA SOCIALISTA (INCES).
 APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: ALEYDA MENDEZ DE GUZMAN
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
 
 Hoy, Miércoles (27) de enero de 2010, a las 11:00, A.M., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la apoderada judicial de la parte demandada ALEYDA MENDEZ DE GUZMAN, inscrita en el IPSA  bajo N° 11.243, cualidad que se desprende de autos. Dándose inicio a la audiencia. Se deja expresa constancia  que la parte actora, identificada a los autos, no compareció a la  celebración de la audiencia preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°
 
 La Juez
 
 La  Secretaria
 Abog. Zaira Faneite Bravo
 
 
 Abog. Carla Orejarena
 LA  PRESENTE
 
 
 
 
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