REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 27 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AH18-X-2005-000060

Vista la diligencia que antecede de fecha 20 de noviembre de 2009, suscrita por el ciudadano Daniel Sánchez Montero, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.132.753, en su carácter de tercero interesado, asistido por la abogado Ana Ruiz Guevara, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 17.926, por una parte y por la otra los abogados Fernando Fernández y José Alejandro Salas, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos. 118.988 y 28.714, respectivamente, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil, C.A., Banco Universal, y el pedimento en ella contenido, este Tribunal, acuerda de conformidad. En consecuencia, SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR y EL EMBARGO EJECUTIVO, decretada en fecha 26 de septiembre de 2005 y participada según oficio Nº 05-1853 la primera y la segunda decretada en fecha 05 de marzo de 2007 y notificada según oficio Nº 07-0415, al Registrador Subalterno del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Miranda, que recayó sobre el siguiente bien inmueble: “Un inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa quinta sobre ella construida, que forma parte de la Urbanización Macaracuay, ubicada en la Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, que esta distinguida con el Nº 61, Zona I etapa del plano general de la urbanización, el cual se encuentra agregado al cuaderno de comprobantes en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, el 24 de abril de 1962, bajo el Nº 11, folio 69, protocolo primero. Dicha parcela tiene una superficie aproximada de setecientos metros cuadrados (700 Mts2), y esta comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: a donde da su frente, con la Av. Principal, en una extensión de veinticuatro metros con sesenta y ocho centímetros (24,78 Mts); Sur: Con terrenos de la misma Urbanización destinados a Zonas Verdes, en una extensión de veinticuatro metros con cincuenta y dos centímetros (24,52 Mts); Este: Con la parcela Nº 60 de la misma Urbanización, en una extensión de veintinueve metros (29 Mts); Oeste: Con la parcela número sesenta y dos (62) de la misma Urbanización en una extensión de veintisiete metros con noventa y cuatro centímetros (27,94 Mts).Dicho inmueble pertenece a los ciudadanos Freddy Boulton Guzmán y Raisa Estaba de Boulton, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V- 3.929.202 y V- 4.160.509, respectivamente, según consta de documento protocolizado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 01 de febrero de 1989, bajo el Nº 18, Tomo 9, Protocolo Primero”. Líbrense Oficios de Participación a la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda y al Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas.-
El Juez



Dr. César A. Mata Rengifo
La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut




Hora de Emisión: 10:24 AM
Asistente que realizo la actuación: José