REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS
Caracas, 22 de enero de 2010
199° y 150°
Revisadas las actas procésales que componen la presente causa, el Tribunal observa que no fueron consignados los originales de los documentos que describen a continuación, a) el oficio de fecha 10 de junio de 2008, emanado de la Notaria Pública Décima Séptima Interina, Dra. Gladis Gutierre y dirigido a la Dirección de Registro y Notarías que deja constancia del envío a esa Dirección de los pagos efectuados por la citada Notaría durante los años 2001 al 2007, b) el oficio S/N del 11 de diciembre de 2004, con sus anexos relativos a los aportes efectuados desde junio de 1994 hasta el 30 de enero de 1995; c) el oficio Nº 33/03 del 21 de febrero del 2003 con sus anexos relativos a los aportes desde el 03 de julio de 1995 hasta el 15 de octubre de 2000; y d) el oficio S/N del 21 de julio de 2008 con sus anexos relativos a los aportes correspondientes a los años 2001 al 2007, así mismo se le solicita enviar en original la planilla de certificación de cargos, necesaria a los fines de emitir pronunciamiento de fondo, motivo por el cual este Órgano Jurisdiccional dicta el presente auto para mejor proveer a tenor de lo previsto en el artículo 401 y 15 del Código de Procedimiento Civil, con el objeto de requerir al Organismo querellado, a saber, Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, dichos documentos en original o copia certificada, así como el expediente administrativo que guarda relación con la presente causa, y cualquier otro documento que dicho ente considere pertinente a los fines de demostrar la fecha cierta en la cual la querellada ingreso a la administración pública. En consecuencia se ordena oficiar a la Procuraduría General de la República, notificándoles del contenido del presente auto y concediéndole un lapso de diez (10) días de despacho, computados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su notificación, para que remita la información ut supra indicada. Líbrense Oficio. Cúmplase.
La Juez Superior Titular,

Dra. Margarita García Salazar.
La Secretaria,

Abog. Anny Sofía Garrido.
En esta misma fecha se libró Oficio N° TS9° CARC SC 2010/ , y TS9° CARC SC 2010/
La Secretaria,

Abog. Anny Sofía Garrido.



Expediente N° 2008-845
MGS/asg/omf