REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL N° 3

Barquisimeto, 25 de Enero de 2010.
Años 199° y 150°


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-009440.


Estudiadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, este Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, procede a decidir sobre la solicitud de entrega de vehículo incoada por el Ciudadano: VICTOR MANUEL PEREZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 11.879.124, venezolano, mayor de edad, en cuanto a la entrega del Vehiculo: MARCA CHEVROLET, MODELO CORSA, AÑO 1997, COLOR AZUL, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, PLACAS KAH89E, SERIAL MOTOR: 3VV328067, SERIAL CARROCERIA: 8Z1SC2193VV3228067, USO PARTICULAR.
PRIMERO: Cursa al folio 01 SOLICITUD DE ENTREGA DE VEHICULO, de fecha 04 de noviembre de 2009, hecha por el ciudadano VICTOR MANUEL PEREZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 11.879.124, venezolano, mayor de edad, en cuanto a la entrega del Vehiculo: MARCA CHEVROLET, MODELO CORSA, AÑO 1997, COLOR AZUL, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, PLACAS KAH89E, SERIAL MOTOR: 3VV328067, SERIAL CARROCERIA: 8Z1SC2193VV3228067, USO PARTICULAR.
SEGUNDO: Cursa a los folios dos y tres (02 y 03) oficio nro. LAR-F4-5321 de fecha 26 de octubre de 2009, dirigido al solicitante por parte de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Lara, en el cual declara IMPROCEDENTE la entrega del vehículo objeto de esta solicitud.
TERCERO: Por decisión del Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, dictada en fecha 05-11-2002 se acordó la entrega de un vehículo propiedad del peticionante, cuyas características son las siguientes: MARCA CHEVROLET, MODELO CORSA, AÑO 1997, COLOR AZUL, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, PLACAS KAH89E, SERIAL MOTOR: 3VV328067, SERIAL CARROCERIA: 8Z1SC2193VV3228067, USO PARTICULAR, el cual según sus dichos le pertenece según documento autenticado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Crespo del Estado Lara en fecha 03 de Agosto de 2001, inserto bajo el Nro 28, Tomo 24 de los Libros de Autenticaciones llevados por ante la referida Oficina de Registro. Dicha entrega se realizó en calidad de depósito

En fecha 29 de julio de 2009 el Juzgado Cuarto de Control, entrega el vehículo en referencia al ciudadano VICTOR MANUEL PEREZ LOPEZ, puesto que de conformidad con decisión dictada por el Juzgado Quinto de Control en fecha 05-11-02, ya señalada, quedó acreditado el carácter de buena fe del mismo, por lo que el vehículo objeto de la presente solicitud le fue entregado en calidad de DEPOSITO con la expresa obligación de presentarlo cada vez que ello sea requerido. Por lo que quien juzga considera procedente la entrega del vehículo cuya devolución se reclama, por tener este asunto naturaleza de cosa Juzgada, tal como se señaló en la decisión judicial en referencia, EN CALIDAD DE DEPOSITO a favor del Ciudadano VICTOR MANUEL PEREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.879.124, de un vehículo con las siguientes características: MARCA CHEVROLET, MODELO CORSA, AÑO 1997, COLOR AZUL, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, PLACAS KAH89E, SERIAL MOTOR: 3VV328067, SERIAL CARROCERIA: 8Z1SC2193VV3228067, USO PARTICULAR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el mismo obligado a presentar el citado bien cada vez que así se requiera.
DISPOSITIVA:

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena:

PRIMERO: Acuerda La ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO a favor del Ciudadano VICTOR MANUEL PEREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.879.124, de un vehículo con las siguientes características: MARCA CHEVROLET, MODELO CORSA, AÑO 1997, COLOR AZUL, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, PLACAS KAH89E, SERIAL MOTOR: 3VV328067, SERIAL CARROCERIA: 8Z1SC2193VV3228067, USO PARTICULAR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el mismo obligado a presentar el citado bien cada vez que así se requiera. SEGUNDO: Ofíciese al Jefe del estacionamiento Judicial La Concordia de esta ciudad, a fin de materializar la entrega. Remítase las actuaciones en su oportunidad legal al Ministerio Público a tenor del último aparte de oficio nro. LAR-F4-5321 de fecha 26 de octubre de 2009, Notifíquese a las partes. Regístrese. Cúmplase.

LA JUEZ TERCERA DE CONTROL


ABG. AMELIA I. JIMENEZ GARCIA.