REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 22 de Enero de 2010
ASUNTO PRINCIPAL Nº: KV01-X-2007-000013
SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DEL IMPUTADO
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y visto que reposa en el asunto Tarjeta de Registro de Mortalidad del adolescente quien en vida respondían al nombre de IDENTIDAD OMITIDAse considera oportuno decretar el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la Extinción de la Acción, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en los siguientes términos;
PRIMERO: Se inicio este procedimiento en virtud que en fecha 27 de Abril del año 2007 La Fiscal Décimo Novena del Ministerio Publico tuvo conocimiento del hecho, en virtud de procedimiento realizado por los funcionarios Policiales adscritos a la DISIP quienes dejan constancia de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo la aprehensión del adolescente antes referido, acta policial que cursa en las presentes actuaciones y corre inserta al folio 5 y 6 del presente asunto.
SEGUNDO: En la fecha acordada se realizo audiencia de presentación en la cual se acordó que la causa continuara por la vía del procedimiento ordinario, detención en flagrancia y la imposición de medidas cautelares. TERCERO: En fecha 20-01-2010, se recibe Tarjeta de Registro de Mortalidad del adolescente quien en vida respondían al nombre de de IDENTIDAD OMITIDAes por ello que estamos en presencia de una de las causas de extinción de la acción penal tal como lo prevé el Ordinal 1º del Articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por el fallecimiento del Adolescente, y así se establece.
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento Definitivo en virtud del muerte del adolescente de IDENTIDAD OMITIDAsiendo esta una causal de Extinción de la Acción penal de conformidad con lo establecido en el ordinal 1ero del articulo 48 del Código Orgánico Procesal en concordancia con el 318 ordinal 3 ejusdem Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Remítanse las actuaciones al archivo judicial. Notifíquese a las partes. Regístrese y publíquese.
La Juez de Control Nº 02
Abg. FLORANGEL MONASTERIOS La Secretaria