REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION CARORA
Carora, 18 de enero de 2010
Años: 199º y 150º
ASUNTO: KJ11-P-2008-000456
REVISION DE MEDIDA CAUTELAR AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES
Visto el escrito presentado por el ciudadano imputado Marco Antonio Montero Marquina, cédula de identidad Nº 11.132.882, donde solicita se le amplíe el régimen de presentaciones alegando que vive en Carache estado Trujillo, y se le hace muy difícil trasladarse hasta este estado a cumplir con la medida cautelar de presentación impuesta en la presente causa en fecha 26-05-08, cada 30 días, este Tribunal de Control, luego de determinar que efectivamente el imputado se encuentra sometido a una medida de presentación periódica, la cual está siendo cumplida con regularidad y observándose que ha transcurrido tiempo suficiente para proceder a la revisión de la medida en cuestión, tal como lo señala el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que estima este Tribunal que extender el lapso de presentación resultaría prudente en resguardo de los derechos del imputado y no afectaría el proceso en sus resultas, es por ello y con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que este Tribunal en funciones de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA el régimen de presentación a favor del Imputado Marco Antonio Montero Marquina, cédula de identidad Nº 11.132.882 , por lo que el mismo deberá presentarse cada 60 días ante el Tribunal, contados a partir de la próxima presentación que conste en el Sistema Juris 2000. Líbrense Boletas de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, a la Defensa Privada y al Imputado. Cúmplase y Regístrese.
Juez de Control Nº 11
Abg. Leila Beatriz Ibarra Rojas Secretaria Administrativa
KJ11-P-2008-456. 18-01-10. REVISION DE MEDIDA.