REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de enero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-012464
Vista la solicitud de cambios de elementos y sus anexos, presentada por ante la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico de Estado Lara, a instancia del ciudadano ANDRES LEONARDO RODRIGUEZ, Colombiano, mayor de edad, portador del pasaporte Nro. CC 1098617197 mediante el cual solicita cambio de elemento en la Partida de Nacimiento de la niña “Identidad omitida en concordancia con el Art. 65 de la LOPNNA”, quien fue inscrita por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara, inserta bajo el Acta N° 275, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2009; en virtud de que en los datos de identificación de los padres se asentó: En cuanto a la madre de la niña la ciudadana “CORONADO DE LA ROSA TATIANA, de nacionalidad Colombiana, Titular de la cédula de identidad numero V- NO PORTA”, siendo correcto señalar “CORONADO DE LA ROSA TATIANA, de nacionalidad Colombiana, portadora del pasaporte Nro. CC 1098612046”, en cuanto al padre de la niña ciudadano “RODRIGUEZ HERRERA ANDRES LEONARDO, de Nacionalidad Colombiana, Tripular de la Cédula de identidad E-NO PORTA”, siendo lo correcto señalar “RODRIGUEZ HERRERA ANDRES LEONARDO, de nacionalidad Colombiana, portador del pasaporte Nro. CC 1098617197,”. Admitida la solicitud en fecha 09 de Noviembre de 2009, el Tribunal acordó la publicación de un edicto, notificar a la fiscal del Ministerio Público y practica de posteriores diligencias. Este Tribunal para decidir observa:
En fecha 11 de Noviembre de 2009, comparece el ciudadano ANDRES RODRIGUEZ, quién recibe el edicto a los fines de su publicación.
Comparece en fecha 12 de Noviembre de 2009, el ciudadano ANDRES LEONARDO RODRIGUEZ, consigna edicto publicado en el Diario EL Informador. (Folios 11, 12 y 13).
Riela al folio 14 consignación de la boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal 17° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Al folio 16 se deja constancia de que venció el lapso señalado en el edicto publicado.
Al folio 17 la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Publico del estado Lara solicita al Tribunal se dicte sentencia en el presente asunto.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil y en concordancia con lo previsto en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, ORDENA EL CAMBIO DE ELEMENTO, de la partida de nacimiento de la niña (Identidad omitida en concordancia con el Art. 65 de la LOPNNA) cuya acta aparece inserta bajo N° 275, del libro de Nacimiento llevados durante el año 2009, por la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara en el sentido de señalar correctamente y que en lo sucesivo deberán aparecer los datos de identificación de los padres como: En cuanto a la madre de la niña la como ciudadana “CORONADO DE LA ROSA TATIANA, de nacionalidad Colombiana, portadora del pasaporte Nro. CC 1098612046”, y en cuanto al padre de la niña como ciudadano “RODRIGUEZ HERRERA ANDRES LEONARDO, de nacionalidad Colombiana, portador del pasaporte Nro. CC 1098617197,”.
Declarada firme la presente decisión expídase por Secretaría copia certificada y entréguese a la parte interesada a los fines consiguientes. Remitiéndose a la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara copia certificada de la sentencia con al oficio.
Una vez que la solicitante retire los oficios, se ordena la desincorporación del presente asunto del archivo ordinario del Tribunal, remitir al Archivo Judicial y dar por terminado el sistema Juris2000.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintinueve días del mes de Enero de dos mil nueve. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez de Juicio Nº 3,


Abg. ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA
La Secretaria

AVA/ysm.