REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de enero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2008-011732
Vista la solicitud presentada por la ciudadana NAIVET CAROLINA TERAN CORONADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 17.574.834, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Barrio el Trompillo, Calle 8 # R – C – 157, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, con un área total de DOSCIENTOS CATORCE METROS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (214,72) ; alinderadas de la siguiente manera NORTE: En línea con 9,60 con Regino Araujo; SUR: Calle el Proyecto en línea de 8 metros ; ESTE: Calle Negro Primero en línea 25,00 y OESTE: Con terreno ocupado por Rafael Coronado. Dichas bienhechurías consta de una casa de paredes de bloque, techo de acerolit, piso de cemento, cercado de bloque, 3 habitaciones, 1 cocina, 2 baños, 1 sala, 1 garaje. El valor invertido es la cantidad SESENTA MIL BOLÍVARES [Bs. F. 60.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos WIL FRAN TRIANA Y EDDY CAMEJO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadana NAIVET CAROLINA TERAN COROMOTO, ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Carlos
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