REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de enero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2007-018746
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LEYDI AGATHA SANDOVAL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 16.279.069, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Corderito, vía las Palmitas, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que mide aproximadamente DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240 Mts2) ; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terreno ocupado por Marta Sánchez; SUR: Con terreno ocupado por Alfonso Camacaro y Callejón de salida, que es su frente ESTE: Con terreno ocupado por Idalis Álvarez y OESTE: Con terreno ocupado por Wilmer Martínez. Dichas bienhechurías consta de un solo ambiente 1 habitación de paredes de zinc, techo de zinc y piso de tierra, cercada de alambre de puas y estantillos de madera, con instalaciones eléctricas y aguas blancas. El valor invertido es la cantidad MIL BOLÍVARES FUERTES [Bs. F. 1.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos WIL FRAN TRIANA Y PAUCIDES SEQUERA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadana LEYDI AGATHA SANDOVAL, ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Carlos
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