REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto,22 de enero del
ASUNTO: KP02-L-2009-0001327
PARTE ACTORA: HILDA GREGORIA SANCHEZ MENDOZA, venezolana, Mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº 7.439.674
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAYZA MERINO, LISBELSY GOMEZ, ROSBELD ALVAREZ, HAIDY CARRASCO, CELSA MARTINEZ, GRICELTH PAEZ, AVIANNY GARCIA, JUAN CARLOS DIAZ, ROSIBEL ALVAREZ, MARIGUHENIA RANGEL SANDY SUAREZ, ENMAGLY PEREZ, MAIGRY ALVARADO, MARIA LAURA MORAN, Inscritos en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo los Nos 92.454, 102.135, 92.463, 90.180, 52.021, 119.319, 108.918, 102.049, 116.343, 119.428, 116.375, 104.298, 108.912. Procuradores Especiales de Trabajadores en el Estado Lara
PARTE DEMANDADA: GAZAN NAIME, mayor de edad, y de este domicilio
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA NELLYMAR DIAZ, Inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 108.623
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 22 DE Enero del 20 10. Se deja constancia que por la parte actora, no compareció a este acto ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno. El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; compareció la apoderada judicial de la parte demandada abogada NELLYMAR DIAZ, según poder que en original presenta; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En consecuencia , la parte actora, no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurrido noventa (90)días continuos, contados a partir de la presente publicación de la presente decisión.
La Jueza
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria
POR LA DEMANDADA
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