REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUIN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Guacara, 19 de Enero de 2009
Años: 199º y 150º


PENADO: José Antonio Mujica Andara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.507.786
ASUNTO: Confinamiento decretado por Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas
MOTIVO: Cesación de Presentación del Penado

I
En fecha Veintiocho (28) de Septiembre de Dos Mil Nueve (2009) se hizo presente ante el Despacho de este Tribunal de Municipio el ciudadano JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.507.786, consignando copia certificada del pronunciamiento dictado por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que acordó la conmutación del resto de la pena que le falta por cumplir, en la de CONFINAMIENTO.
Se aprecia que el dispositivo del referido Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución Penal, dispuso que el Penado JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, ya identificado, quedaba obligado a residir en el Callejón El Pueblo, Nº 3, Sector Barrio San Rafael, Municipio Guacara del Estado Carabobo, con un régimen de presentación semanal por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio. No obstante a lo anterior, advierte este Tribunal que el Penado acude ante este Órgano Jurisdiccional Civil, en atención al hecho que la Oficina de Registro Civil de este Municipio, se abstuvo de recibir y ejercer el control de la presentación del citado ciudadano.
Ahora bien, ante el hecho de haberse presentado ante este Órgano Jurisdiccional Civil (Juzgado de Municipio) por disposición de un Órgano Jurisdiccional Penal (Tribunal de Primera Instancia en lo Penal), independientemente de haberse ordenado que la misma se realizara ante una Autoridad Civil (no jurisdiccional) del Municipio, cabe señalar, que es un hecho cierto que el Penado en aras de dar cumplimiento al acto del proceso que le fue otorgado en su beneficio ha venido dando cumplimiento a la presentación ordenada por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y así consta del registro de presentaciones que se lleva en el Libro aperturado a tal fin por este Tribunal.
De lo anterior, es evidente que el Penado JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, ya identificado, ha dado cumplimiento al CONFINAMIENTO que le fue impuesto en fecha 22 de Septiembre de 2009, por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal, bajo régimen de presentación semanal, a tenor de lo establecido en el artículo 20 ejusdem.
II
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; Declara: CESADO EL RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN SEMANAL que ha cumplido el ciudadano JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.507.786, quien reside en el Callejón El Pueblo, Nº 3, Sector Barrio San Rafael, Municipio Guacara del Estado Carabobo, que le fue impuesto en razón del CONFINAMIENTO acordado por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por el lapso de TRES (03) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS, cuya última presentación se efectuó ante este Tribunal el día: Viernes Ocho (08) de Enero de Dos Mil Diez (2010).
Expídase copias certificadas del presente pronunciamiento y remítase al Director de Custodia y Rehabilitación de Recluso del Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia; a la Dirección de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (At. Dirección de Migración y Zona Fronteriza); al Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y entréguese copia certificada del presente pronunciamiento al ciudadano JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA.- Líbrese Oficio en su oportunidad.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil diez (2010). Años: Ciento Noventa y Nueve (199º) de la Independencia y Ciento Cincuenta (150º) de la Federación.-
La Juez Titular,

Abog. MARÍA EUGENIA GÓMEZ ARENAS
El Secretario Titular,

DAVID LEGÓN ARRIECHE
En la misma fecha de hoy, se cumplió con lo ordenado anteriormente.-
El Secretario Titular,

DAVID LEGÓN ARRIECHE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Guacara, 19 de Enero de 2009
Años: 199º y 150º


PENADO: José Antonio Mujica Andara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.507.786
ASUNTO: Confinamiento decretado por Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas
MOTIVO: Cesación de Presentación del Penado

I
En fecha Veintiocho (28) de Septiembre de Dos Mil Nueve (2009) se hizo presente ante el Despacho de este Tribunal de Municipio el ciudadano JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.507.786, consignando copia certificada del pronunciamiento dictado por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que acordó la conmutación del resto de la pena que le falta por cumplir, en la de CONFINAMIENTO.
Se aprecia que el dispositivo del referido Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución Penal, dispuso que el Penado JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, ya identificado, quedaba obligado a residir en el Callejón El Pueblo, Nº 3, Sector Barrio San Rafael, Municipio Guacara del Estado Carabobo, con un régimen de presentación semanal por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio. No obstante a lo anterior, advierte este Tribunal que el Penado acude ante este Órgano Jurisdiccional Civil, en atención al hecho que la Oficina de Registro Civil de este Municipio, se abstuvo de recibir y ejercer el control de la presentación del citado ciudadano.
Ahora bien, ante el hecho de haberse presentado ante este Órgano Jurisdiccional Civil (Juzgado de Municipio) por disposición de un Órgano Jurisdiccional Penal (Tribunal de Primera Instancia en lo Penal), independientemente de haberse ordenado que la misma se realizara ante una Autoridad Civil (no jurisdiccional) del Municipio, cabe señalar, que es un hecho cierto que el Penado en aras de dar cumplimiento al acto del proceso que le fue otorgado en su beneficio ha venido dando cumplimiento a la presentación ordenada por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y así consta del registro de presentaciones que se lleva en el Libro aperturado a tal fin por este Tribunal.
De lo anterior, es evidente que el Penado JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, ya identificado, ha dado cumplimiento al CONFINAMIENTO que le fue impuesto en fecha 22 de Septiembre de 2009, por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal, bajo régimen de presentación semanal, a tenor de lo establecido en el artículo 20 ejusdem.
II
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; Declara: CESADO EL RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN SEMANAL que ha cumplido el ciudadano JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.507.786, quien reside en el Callejón El Pueblo, Nº 3, Sector Barrio San Rafael, Municipio Guacara del Estado Carabobo, que le fue impuesto en razón del CONFINAMIENTO acordado por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por el lapso de TRES (03) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS, cuya última presentación se efectuó ante este Tribunal el día: Viernes Ocho (08) de Enero de Dos Mil Diez (2010).
Expídase copias certificadas del presente pronunciamiento y remítase al Director de Custodia y Rehabilitación de Recluso del Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia; a la Dirección de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (At. Dirección de Migración y Zona Fronteriza); al Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y entréguese copia certificada del presente pronunciamiento al ciudadano JOSÉ ANTONIO MUJICA ANDARA.- Líbrese Oficio en su oportunidad.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil diez (2010). Años: Ciento Noventa y Nueve (199º) de la Independencia y Ciento Cincuenta (150º) de la Federación.-
La Juez Titular,

Abog. MARÍA EUGENIA GÓMEZ ARENAS
El Secretario Titular,

DAVID LEGÓN ARRIECHE
En la misma fecha de hoy, se cumplió con lo ordenado anteriormente.-
El Secretario Titular,

DAVID LEGÓN ARRIECHE