REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, doce (12) de enero de dos mil diez
199º y 150º
Nº de expediente: GP02-L-2009-000757
Parte demandante: IRIS DEL CARMEN RIOS ORTEGA, titular de la cedula de identidad Nº 14.464.730.
Apoderada judicial de la parte demandante: Abogado: NINA RIOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 102.513
Parte Demandada Nº 1:
Apoderada Judicial de la parte Demandada:
Parte Demandada Nº 2:
Apoderada Judicial de la parte Demandada:
Parte Demandada Nº 3:
Apoderada Judicial de la parte Demandada INSERMEQUI, C.A (No asistió)
Abogado: No asistió
CLINICA VENEZUELA C.A (No Asistió)
Abogado. No Asistió
INVERSIONES SANVAL 1963 C.A
Abogado: MARIANELA MILLAN inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 27.295
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy doce (12) de enero de dos mil diez, y siendo las 9:00 am, y la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: INVERSIONES SANVAL 1963 C.A compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada por su apoderada judicial MARIANELA MILLAN inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 27.295. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
LA JUEZ,
Abg: KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
LA COMPARECIENTE
LA SECRETARIA
Abg: MIRLA SOSA
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