REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dieciocho (18) de enero de dos mil diez
199º y 150°
Nº de expediente: GP02-L-2009-001383
Parte demandante: ORLANDO DAVID REA, titular de la cedula de identidad Nº 5.388.705
Apoderados judiciales de la parte demandante: Abogados: GUSTAVO BOADA CHACÓN y HURTADO JIMENEZ MARITZA inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 67.420 y 48.734 respectivamente.
Parte Demandada:
Apoderada Judicial de la parte Demandada: INSTITUTO DE EDUCACION ACTIVA I.D.E.A.
Abogada: MARIA SOLEDAD VELASQUEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 86.223
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy dieciocho de enero de dos mil diez, y siendo las 11:00 am, y la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE EDUCACION ACTIVA I.D.E.A. compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada por su apoderada judicial MARIA SOLEDAD VELASQUEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 86.223. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
LA JUEZ,
KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
El Compareciente
LA SECRETARIA
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