REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, Ocho (08) de Enero de dos mil diez
199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2009-000591
PARTE OFERENTE: RENAULT VENEZUELA C.A., antes denominada COMPAÑÍA DE FABRICACIÓN Y VENTA DE AUTOMOVILES SOFAVEN, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: LUIS ALEJANDRO BOGGIANO
PARTE OFERIDA: ANDRES ANDRES GOMEZ DE LA CRUZ
APODERADOS DE LA PARTE OFERIDA: FELIPE BELOV
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto el escrito transaccional que antecede suscrito por el ciudadano ANDRES ANDRES GOMEZ DE LA CRUZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.900.716, asistido por el abogado en ejercicio FELIPE BELOV, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 9.058, en su carácter de parte oferente y por la parte oferente RENAULT VENEZUELA C.A., antes denominada COMPAÑÍA DE FABRICACIÓN Y VENTA DE AUTOMOVILES SOFAVEN, S.A., representada por el abogado en ejercicio LUIS ALEJANDRO BOGGIANO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 131.656, en su carácter de apoderado judicial, mediante el cual dejan constancia de la cancelación de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales que le corresponden a la trabajadora por la prestación de servicios.
En vista de que las partes llegaron a un acuerdo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
La Juez.,
ABG. MARÍA EUGENIA NÚÑEZ BRICEÑO
La Secretaria.,
Abg. María Luisa Mendoza.
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