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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Juez Unipersonal N° XIV
 Caracas, 18 de Febrero de 2010
 199º y 150º
 
 ASUNTO: AP51-S-2010-001957
 Vista la anterior solicitud, la justificación promovida y evacuada al efecto en la solicitud de Títulos de Únicos y Universales Herederos presentada por la ciudadana YOHEMY MARTINEZ RONDON, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.541.452, mayor de edad, en nombre de su hija (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), quien solicita sea declarada como Única y Universal Heredera del De Cujus CARLOS ENRIQUE SALAZAR FEBRES, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-12.074.058, fallecido en fecha 23 de enero de 2010. En consecuencia, esta Juez Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a la niña XXXX; como beneficiaria del De-Cujus CARLOS ENRIQUE SALAZAR FEBRES. Se acuerda expedir por secretaría copia certificada de la presente, así como la devolución de los originales, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Y así se establece.-
 LA JUEZA,
 
 
 ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. THAIRYT HERNANDEZ
 YLV/TH/Marjorie
 AP51-S-2010-001957
 D.U.U.H
 
 
 
 
 
 
 
 
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