REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Cuatro (04) de Febrero del año Dos Mil Diez (2010), siendo las nueve de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaria, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora Julio Cesar López Galea, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 33.897, los auxiliares de justicia, ciudadanos Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial La R.C., C.A., y el perito avaluador Rubén Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, cuyas designaciones y juramentaciones constan en el libro respectivo, en la siguiente dirección: apartamento identificado con el Nro. 134-C, ubicado en la Planta décima tercera (13ª) del Edificio Torre C, Conjunto Residencial Los Jardines, con frente a la Carretera La Trinidad-El Hatillo, frente a la Urbanización La Boyera, Municipio El Hatillo, Estado Miranda, a fin de practicar de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VIA EJECUTIVA) sigue la sociedad mercantil INMOBILIARIA BUNGALOW, C.A. contra el ciudadano JOSE MANUEL GONZALEZ HERNANDEZ.-Una vez a las puertas del inmueble, el Tribunal, procede a dar los toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por persona alguna.- Acto seguido el Tribunal, dando cumplimiento a la misión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble constituido un apartamento identificado con el Nro. 134-C, ubicado en la Planta Décima Tercera (13ª) del Edificio Torre “C, Conjunto Residencial Los Jardines, ubicado con frente a la Carretera La Trinidad-El Hatillo, frente a la Urbanización La Boyera, Jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, el cual tiene una superficie aproximada de ciento treinta y seis metros cuadrados con once decímetros cuadrados (136,11 mts2) y se encuentra alinderado así: NORTE: Con fachada Norte del edificio; SUR: Con foso de ascensores, pasillo de circulación, apartamento Nro. 131-C y fachada interna Sur del edificio; ESTE: Con fachada Este; y, OESTE: Con fachada interna Oeste del edificio, apartamento Nro. 133-C, foso de ascensores y pasillo de circulación; y le pertenece al demandado, ciudadano José Manuel González Hernández, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha seis (06) de Febrero del año Mil Novecientos Ochenta y Cinco (1.985), bajo el Nº 23, Tomo 12 del Protocolo Primero, y lo deja bajo la posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto la firma R.C., C.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, antes identificado.-En este estado el perito avaluador, expone: Estimo un valor prudencial al inmueble embargado ejecutivamente en este acto en la cantidad de Setecientos Millones de Bolívares Fuertes (Bs. F. 700.000,00).-Es todo.-El Tribunal, ordena fijar a las puertas del inmueble un cartel de notificación, y cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las once de la mañana.-Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR
EL PERITO AVALUADOR EL DEPOSITARIO JUDICIAL
LA SECRETARIA.