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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 JUZGADO TRIGÉSIMO TERCERO  DE PRIMERA INSTANCIA  DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 CARACAS,  11 de febrero de 2010
 
 
 ASUNTO: AP21-L-2009-0005550
 
 Visto la  demandada interpuesta por la ciudadana Carlos Ramírez  asistida por  el abogado Ángel Rojas Rodríguez inscrito en el IPSA bajo el numero 88.662  contra la empresa Bimbo de Venezuela, C.A    en fecha 28 de octubre del año 2009,  por  ante  la Unidad de Recepción y Distribución de Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas,  la cual fue recibida por este Juzgado en fecha 29 de octubre del año 2009 a los fines de pronunciarse sobre su admisión, al respecto  este despacho observa:
 
 En fecha 30 de octubre del año 2009,   este Juzgado  dicta auto mediante el cual ordena  a la parte actora  corrija el libelo de la demanda por cuanto no se determino los conceptos reclamados, no especifica la base de calculo y los periodos que cubre  los conceptos de vacaciones vencidas, y fraccionadas , bono vacacional vencido y fraccionado, complemento de utilidades, acumulado fondo de ahorro del trabajador, entre  otros conceptos  referidos en el libelo de demanda, en consecuencia, este Juzgado observa que dicho auto fue incumplido ya que en fecha 04 de febrero del año 2010 , el ciudadano Alguacil Eulice Hernández consigno  la notificación realizada a la parte actora para que corrigiera el libelo de  demanda dentro de los dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de notificación. En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal declara INADMISIBLE la presente acción. Publíquese.
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 Por todo lo antes expuesto este Juzgado Trigésimo Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE LA PRESENTE ACCIÓN interpuesta  por la ciudadana Carlos Ramírez Pérez contra la empresa Bimbo de Venezuela, C.A
 
 PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.199° Y 150°.
 
 La Juez
 
 Abg. Mónica Quintero
 
 La Secretaria
 
 Abg. . Olga Díaz
 
 En esta misma fecha se público y registro la anterior decisión.
 
 La Secretaria
 
 Abg. . Olga Díaz
 
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