REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL ESTADO LARA

Barquisimeto, 24 de Febrero de 2010
Años: 199º y 150º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-009494

FUNDAMENTACIÓN DE REVOCATORIA DE BENEFICIO


Esta juzgadora pasa a fundamentar REVOCATORIA DE BENEFICIO DESTACAMENTO DE TRABAJO, otorgado al penado OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la cédula de identidad Nº 17.356.572, y lo hace en los siguientes términos recibida como fue comunicación que riela al folio (126) de la cuarta pieza, de fecha 18-01-2010, emanada de la fiscalia Décimo Tercera del Ministerio Público con competencia penitenciaria donde expone que en visita Ordinaria realizada en el Centro de Pernota el penado OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la cédula de identidad Nº 17.356.572, no se encontraba presente para el momento de la visita fiscal no cumpliendo de esta manera con el régimen de pruebas impuesto por el Tribunal, y solicitando LA REVOCATORIA de la formula alternativa de cumplimiento de pena DESTACAMENTO DE TRABAJO, y de igual manera consta al folio (128) de la cuarta pieza comunicación de fecha 22 de Enero de 2010, emanada de la fiscalia Décimo Tercera del Ministerio Público con competencia penitenciaria donde expone que en visita Ordinaria realizada en el Centro de Pernota el penado OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la cédula de identidad Nº 17.356.572, no se encontraba presente para el momento de la visita fiscal no cumpliendo de esta manera con el régimen de pruebas impuesto por el Tribunal, y solicitando por segunda vez LA REVOCATORIA de la formula alternativa de cumplimiento de pena DESTACAMENTO DE TRABAJO.

Aunado a ello se puede evidenciar que para la fecha 10 de Febrero de 2010, estaba fijada Audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal donde compareció la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público, Abg. Maria Urbina, el Delegado de Prueba Richard Linarez, y no comparece el penado OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la cédula de identidad Nº 17.356.572, ni sus defensores, es por lo que esta juzgadora considera que el penado ha adoptado una conducta contumaz para el cumplimiento del Beneficio otorgado como lo es el DESTACAMENTO DE TRABAJO, y estando esta juzgadora dentro de su competencia establecida en el artículo 479 Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal REVOCA LA FORMULA ALTERNARIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la cédula de identidad Nº 17.356.572. Así se decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Segundo de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: SE REVOCA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado ORTIZ OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.356.572, SEGUNDO: Se acuerda Librar Orden de Aprehensión a Nivel Nacional en contra del penado ORTIZ OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.356.572, líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas, a la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales ordenando una vez efectiva la detención del mencionado penado de autos, sea recluido de manera inmediata en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental "Uribana"”. TERCERO: Líbrense la correspondiente BOLETA DE ENCARCELACIÓN al penado ORTIZ OCHOA DEIBY ARMANDO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.356.572. CUARTO: Remítase URGENTE oficio a La Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidente “Uribana”, a la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público, y a la Defensa.
Publíquese. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.

JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN


MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ



SECRETARIA