REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de febrero de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: KP02-F-2008-001167
Visto que en fecha 07 -01-08, se dictó auto de admisión en el cual se estableció “para que concurra este tribunal el TERCER DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE, una vez conste en autos su citación..” y, visto que en fecha 17-02-2010, la ciudadana MIRYAN DEL CARMEN RODRIGUEZ, parte demandada se dio por notificada, siendo que debió comparecer al tercer día de despacho siguiente, tal y como fue establecido en el referido auto de admisión y, conformidad con el articulo 185-A del Código Civil Venezolano.
Ahora bien, de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que la demandada no acudió a contestar la solicitud, siendo el tercer día de despacho, luego de contestar en autos su citación que lo fue el día 22-02-2010, por lo cual y de conformidad con el precitado artículo este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO, el presente procedimiento Y, así se decide.
Archívese el expediente una vez quede firme la presente decisión.
EL JUEZ LA SECRETARIA
Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona
HRPB/BE/A.C
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