REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: KP02-S-2008-007474

Vista la solicitud presentada por la ciudadana DILIA DEL CARMEN MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 3.855.014, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Barrio Santa Isabel, Calle 12 entre Carreras 3 y 4, de la Parroquia Concepcion, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la Calle 12 que es su frente SUR: Con terrenos ocupados por Ana Rosa Alvarado ESTE: Con terrenos ocupados por Edgar Antonio Rondon OESTE: Con canal de Dren con la Carrera 3. Dichas bienhechurías consta de paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, un tanque para deposito de agua, árboles frutales, cercada totalmente con paredes de bloques a su alrededor, la cual tiene una superficie de Cuatrocientos Metros Cuadrados (400,00 Mts2). El valor invertido es la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES [Bs. F. 20.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos WIL FRAN TRIANA Y JAIME REINOSO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana DILIA DEL CARMEN MENDOZA, ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ

MARILUZ JOSEFINA PEREZ



LA SECRETARIA

ELIANA HERNANDEZ SILVA

MJP/Carlos