REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de febrero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: KP02-V-2009-004331
Visto el Desistimiento de la Acción, de fecha 10/02/2.010, suscrito por la ciudadana RAFAELA TEODORA PIMENTEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.919.649, de este domicilio, asistida por el abogado GUSTAVO MORON, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 18.845, en el presente juicio por NULIDAD DE CONTRATO, intentado por la ciudadana RAFAELA TEODORA PIMENTEL, ya identificada, contra el ciudadano PEDRO WILFREDO SUAREZ PIMENTEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.543.402, de este domicilio; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LE IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACIÓN, y así se establece. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dieciocho (18) días del mes de Febrero del año dos mil diez (2.010). Años 199° y 150°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica
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