REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Sanare, 18 de Febrero del 2.010
Años: 199° y 150°

PARTES: MARIA TERESA GOYO contra YUNI RAMON GUEDEZ

BENEFICIARIO: YURAMI TERESA

MOTIVO: EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN


Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se desprende de la partida de nacimiento N° 481, folio 242 fte de la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco; de la beneficiaria en la presente causa, ciudadana YURAMI TERESA; que la misma ya alcanzo la mayoría de edad, por cuanto nació el 13 de Abril de 1988; y no constando en autos la interposición de alguna de las excepciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano YUNI RAMON GUEDEZ, en beneficio de su hija YURAMI TERESA. El Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. Cúmplase.-

El Juez Provisorio

Abog. Ender Rojas


La Secretaria del Juzgado

Abog. Caribay Goyo Lucena


Seguidamente se cumplió lo ordenado. Conste.-

La Secretaria

Abog. Caribay Goyo L.


Exp. N°166/99