REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRANSITO Y DE PROTECIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 03 de febrero de 2.010
Exp. Nº 10.329.- 199º y 150º
Visto el escrito de fecha 25 de enero de 2010, suscrita por el abogado RAFAEL PEREZ PADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.873, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN AMPARO MARACARA GIMENEZ, parte actora en la presente acción, en el cual anuncia recurso de casación, contra la sentencia dictada por este Juzgado el 14 de diciembre de 2.009.
Para decidir el Tribunal deja constancia que, en observancia de la norma contenida en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, que establece que la justicia se administrará lo más breve posible, y no existiendo un señalamiento especial de Ley fijando un término para decidir lo elevado al conocimiento a esta Alzada, referente a la presente acción de Tutela, dándosele entrada el día 07 de diciembre de 2009, en resguardo al principio de celeridad, se profirió el fallo recurrido al tercer (3º) día de despacho siguiente, vale señalar, en fecha 14 de diciembre de 2009, teniéndose la presente causa como decidida dentro del lapso legal; por lo que desde esa fecha, exclusive, hasta el 02 de febrero de 2.010, inclusive, transcurrieron los diez (10) días de despacho en este Juzgado, para anunciar el recurso de casación, y siendo hoy el primer día de despacho siguiente para pronunciarse sobre el mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Tribunal con fundamento a lo dispuesto en el artículo 489 de la Ley de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ADMITE el anuncio del presente Recurso de Casación, Y ASÍ SE DECIDE.
De conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 205 ejusdem, se conceden dos (2) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha.
Remítase el presente expediente a la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese y déjese copia.
El Juez Titular,
Abog. FRANCISCO JIMENEZ DELGADO
La Secretaria,
MILAGROS GONZALEZ MORENO
En la misma fecha, se remite constante de ciento setenta y ocho (178) folios útiles, mediante Oficio N°_037/10.-
La Secretaria,
MILAGROS GONZALEZ MORENO