REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 11 febrero 2010
Años: 199º y 150º

Expediente Nº 12.676

Vista la diligencia presentada el 08 febrero 2010 por los ciudadanos GUSTAVO ALEJANDRO ARCAY PERNIA, CILENY ROSSELYN BETANCOURT CHIRINOS y DAYANA AUXILIADORA MEZA ROJAS, cédulas de identidad V-18.087.324, V-13.809.322 y V-13.129.779, respectivamente, asistidas por el abogado OMAR SOTO, cédula de identidad V-7.004.056, Inpreabogado Nº 49.888, mediante el cual exponen “Desistimos en este acto de la acción y el procedimiento” en el recurso de nulidad (Materia Funcionarial)” interpuesto contra el ESTADO CARABOBO; este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara Homologado el desistimiento realizado por los ciudadanos GUSTAVO ALEJANDRO ARCAY PERNIA, CILENY ROSSELYN BETANCOURT CHIRINOS y DAYANA AUXILIADORA MEZA ROJAS, parte querellante.

El Juez Provisorio,

OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
El Secretario,

GREGORY BOLIVAR R.

Exp. Nº 12.676
OLU/Yasneidymc
Diarizado Nº_____