República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En el día de hoy, 24 de febrero de 2010, siendo las 10:30 de la mañana, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZÁLEZ y la secretaria titular abogada YULIMAR FONSECA, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 3354, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio SIMON ANDRADE PACIFICI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.534, en el inmueble ubicado en la Urbanización Trigal Norte, Residencias Churuata 2, piso 3, apartamento 3- D, Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el tribunal procede a notificar a la ciudadana YENNY GOMEZ FERMIN, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 8.346.089, quien manifestó ser la esposa del ciudadano ALEJANDRO DELFIN PONCE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 11.346.907, demandado de autos, quien quedo impuesta de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Quinto de los Municipios de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro.1799, y se encuentra asistida por el abogado en ejercicio MARLON JOSE MALDONADO VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.631. Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio SIMON ANDRADE PACIFICI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro101.534, expone: Solicito al Tribunal designe depositaria judicial y perito avaluador a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil Depositaria Judicial Carabobo, C.A, en la persona de su representante legal ciudadana ADRIANA MARQUEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 7.012.830, y perito avaluador al ciudadano JUAN PEDRO COLMENAREZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 10.643.606, quienes presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Seguidamente la parte actora abogados en ejercicio SIMON ANDRADE PACIFICI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro101.534, expone: Señalo al Tribunal para ser EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los siguientes bienes propiedad del demandado: 1) Un mueble en aparente madera, compuesto de 4 puertas y una Gaveta, usado, Bs. 2.500,00 2) Un mueble en aparente madera, compuesto de 2 puestos con
su respectivo cojines, usado Bs. 1.000,00 3) Un sofá tapizado en tela color beige, compuesto de 2 puestos, usado, Bs. 1.500,00 4) Una mesa de centro en aparente madera en forma “L”, compuesto de 2 entrepaños usados, Bs. 800,00 5) Dos muebles en aparente madera con su respectivo cojines, Bs. 700,00 6) 5 banquitos en aparente madera, con su respectiva cojines, c/u Bs.50,00 total Bs. 250,00 7) Un mueble en aparente madera, compuesto de 5 entrepaños, usado Bs.450,00 8) Una mesita pequeña en rattan y vidrio, compuesto, usado Bs.30,00 9) Un aire acondicionado marca LG, tipo split, serial 712KAGS00199, modelo C182CR, de 18.000 BTU, usado, Bs.2500,00 10) Un mueble en aparente madera, compuesto de 7 entrepaños, usado, Bs. 300,00 11)Una mesita pequeña en forma redonda, usada, Bs.150,00 12) Un microondas marca MABE, modelo MA011DG0ZV, serial STO707C02091, usado, Bs.150,00 13) Una lavadora marca LG, modelo WF-T1008TP, serial 710TWJU02764, usado Bs.800,00. 14) Un DVD, marca LG, serial 808H2PJ850192, modelo HT303SU-A2, usado, se desconoce su funcionamiento, Bs. 450,00 15) Un LCD de 32 pulgadas marca LG, serial PC5RVH, modelo PC5RVH/MF, usado Bs. 3000,00 16) Un televisor a color marca Toshiba, modelo 29AF46, serial BAB616006005, usado, Bs. 1.200,00 17) Un DVD, marca Admiral, modelo 2968, sin serial visible, usado Bs. 150,00 18) Un mueble pequeño en aparente madera, usado de 3 entrepaños, usado Bs. 150,00. Seguidamente el perito avaluador india que los bienes embargados alcanzan un total de Bs. 16.080,00. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los siguientes bienes propiedad del demandado, 1) Un mueble en aparente madera, compuesto de 4 puertas y una Gaveta, usado, Bs. 2.500,00 2) Un mueble en aparente madera, compuesto de 2 puestos con su respectivo cojines, usado Bs. 1.000,00 3) Un sofá tapizado en tela color beige, compuesto de 2 puestos, usado, Bs. 1.500,00 4) Una mesa de centro en aparente madera en forma “L”, compuesto de 2 entrepaños usados, Bs. 800,00 5) Dos muebles en aparente madera con su respectivo cojines, Bs. 700,00 6) 5 banquitos en aparente madera, con su respectiva cojines, c/u Bs.50,00 total Bs. 250,00 7) Un mueble en aparente madera, compuesto de 5 entrepaños, usado Bs.450,00 8) Una mesita pequeña en rattan y vidrio, compuesto, usado Bs.30,00 9) Un aire acondicionado marca LG, tipo split, serial 712KAGS00199, modelo C182CR, de 18.000 BTU, usado, Bs.2500,00 10) Un mueble en aparente madera, compuesto de 7 entrepaños, usado, Bs. 300,00 11)Una mesita pequeña en forma redonda, usada, Bs.150,00 12) Un microondas marca MABE, modelo MA011DG0ZV, serial STO707C02091, usado, Bs.150,00 13) Una lavadora marca LG, modelo WF-T1008TP, serial 710TWJU02764, usado Bs.800,00. 14) Un DVD, marca LG, serial 808H2PJ850192, modelo HT303SU-A2, usado, se desconoce su funcionamiento, Bs. 450,00 15) Un LCD de 32 pulgadas marca LG, serial PC5RVH, modelo PC5RVH/MF, usado Bs. 3000,00 16) Un televisor a color marca Toshiba, modelo 29AF46, serial BAB616006005, usado, Bs. 1.200,00 17) Un DVD, marca Admiral, modelo 2968, sin serial
visible, usado Bs. 150,00 18) Un mueble pequeño en aparente madera, usado de 3 entrepaños, usado Bs. 150,00, y ordena su traslado a la depositaria judicial designada. Seguidamente la parte actora abogados en ejercicio SIMON ANDRADE PACIFICI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro101.534, expone: Por cuanto los bienes embargados preventivamente no cubren la totalidad del decreto, me reservo el derecho a seguir señalando bienes en otra oportunidad, así mismo solicito al tribunal libere a la depositaria judicial designada de la guarda y custodia de los bienes embargados, y que los mismos se dejen en custodia de la notificada ciudadana YENNY GOMEZ FERMIN, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 8.346.089, quien se hace responsable de los bienes embargados, debiendo cuidarlos y mantenerlos como un buen padre de familia. Seguidamente el Tribunal, vista la solicitud de la parte actora, libera a la depositaria judicial designada, dejando los bienes embargados en custodia de la notificada, declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 4:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
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