REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Poder Judicial
Valencia, 03 de Febrero del año dos mil Diez
199º y 150º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-002100
PARTE ACTORA: ALEXIS MANUEL BRITO PEREZ
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE BAFUNDI, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 03 de Febrero del año 2010, siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que la Parte Actora: ALEXIS MANUEL BRITO PEREZ, titular de la cedula de identidad N° 12.266.063, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por apoderado judicial alguno, compareciendo solo por la demandada: TRANSPORTE BAFUNDI, C.A., representada por sus apoderados judiciales JULIO CESAR CENTENO RAMIREZ y RIOS NINA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los N° 102.514 y 102.513respectivamente.

De la incomparecencia de la parte actora, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 199 ° y 150°.
LA JUEZ

ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
NO COMPARECIO

LA SECRETARIA

ABG. MARIA LUISA MENDOZA