REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10

CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 10

Caracas, 26 de julio de 2010
200° y 151°


Vista la Inhibición planteada por los Jueces ANGEL ZERPA APONTE, JOSE ALONSO DUGARTE RAMOS y JUAN CARLOS VILLEGAS, Juez Presidente e Integrantes de la Sala 09 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, respectivamente, para conocer de la causa signada bajo el N° 2718-10 (nomenclatura de esa Sala), contentiva de la acción de amparo constitucional interpuesta por los Abogados JULIO FERRER y JOSE QUINTANA, quienes aducen ser la Defensa Privada del ciudadano SALAZAR JAVIER ANTONIO; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 numeral 7 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto en ella se expresa el motivo en que se funda y fue propuesta en la oportunidad legal correspondiente, se ADMITE la referida inhibición así como el medio probatorio ofrecido en la misma; todo ello a tenor de lo establecido en los artículos 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 96 del texto adjetivo penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación a los Jueces Inhibidos, a los fines de informarle lo aquí decidido. PROVÉASE LO CONDUCENTE.-












LA JUEZ PRESIDENTE


Dra. ANGELICA RIVERO BERMUDEZ


LAS JUECES INTEGRANTES


Dra. ALEGRIA LILIAN BELILTY BENGUIGUI Dra. CARMEN AMELIA CHACIN MATERAN
- Ponente-





LA SECRETARIA


Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.

LA SECRETARIA


Abg. CLAUDIA MADARIAGA SANZ


DECISION N° 085.
Causa N° 10 Aa 2715-10
ARB/ALBB/CACM/CMS/lj