REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCION N° 3
SECCIÓN ADOLESCENTE
102
ACTA DE AUDIENCIA ORAL
PARA OIR AL SANCIONADO
Causa N° 555-10
JUEZ: ELENA BAENA
FISCAL 117° (AUX.) DEL MINISTERIO PÚBLICO: VERONICA FLORES
DEFENSA PÚBLICA 6°: LUIS MIGUEL ISLANDA
DELEGADO: AMAURY GOMEZ
SANCIONADA: XXXXXXXXXXXXXXXXX
SECRETARIA: JOYCE MARTINEZ
En el día de hoy, 26 de julio de 2010, siendo 10:00 horas de la mañana, se procedió a celebrar audiencia para oír al joven XXXXXXXXXXXXXXXXX, a quien se le sigue causa ante este Tribunal, signado bajo el N° 555-10, a fin de verificar la inasistencia al psicólogo en compañía de su madre, por lo que se constituyó el Tribunal 3° de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Sección Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, integrado por la Juez ELENA BAENA, y la Secretaria JOYCE MARTINEZ, quien dejó constancia de la presencia de la Fiscal 117° del Ministerio Público, VERONICA FLORES, la sancionada anteriormente mencionada, su representante legal, ciudadana CAROLINA PRIETO, el Defensor Público 6° del sancionado, LUIS MIGUEL ISLANDA y el Delegado adscrito a la Entidad de Atención “Luces del Alba”, AMAURY GOMEZ, la ciudadana juez informó a las partes la finalidad de la audiencia. Seguidamente se le concede la palabra a la sancionada XXXXXXXXXXXXXXXXX, quien expuso: “Yo estudié hasta 1er año del liceo y dejé de estudiar hace 2 años. Mi mamá no me acompaña a las citas del psicólogo porque está trabajando y porque ha estado enferma con fiebre. Me levanto a las 12 del mediodía y me acuesto alas 9 de la noche, yo no hago nada... Es todo”. De seguidas se le concede la palabra a la representante legal de la sancionada, ciudadana CAROLINA PRIETO, quien expuso: “Me comprometo a ir con mi hija a las citas con el psicólogo. Es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Delegado adscrito a la Entidad de Atención “Luces del Alba”, AMAURY GOMEZ, quien expuso: “En estos momentos la UCV se encuentra de vacaciones, por lo que no podrían asistir a las citas psicológicas, pero en la entidad Luces del Alba contamos con una psicóloga para estos casos especiales... Es todo”. Acto seguido se le concede la palabra a la representante 117° del Ministerio Público, expone: “Revisadas las actuaciones y vista la audiencia convocada el día de hoy, así como consecutivos de citas, informes no acordes al Plan de Acción donde se destacan debilidades en la sancionada, esta representación fiscal señala que hay 2 inasistencias en el control de citas por parte de la sancionada. Solicito se reformule el Plan de Acción por considerar que las estrategias a la medida socioeducativa impuesta, no tiene estímulo o disposición de alcanzar las metas planteadas, la contención familiar o patrón de conducta qué moldear. Debe abordarse la parte psicológica de manera urgente, no solo la parte educativa o laboral, sino que se necesita el factor psicológico pues la sancionada presenta carencias desde el punto de vista emocional, madurez para poder alcanzar las estrategias sociales. Solicito igualmente se mantenga la medida de Libertad Asistida y asimismo sea reformulado el cómputo, es todo”. De seguidas la Defensa Pública 6°, expone: “En atención a la solicitud el Ministerio Público la Defensa solicita se aborde la parte psicológica de mi representada e igualmente que se mantenga la medida de Libertad Asistida, es todo”. Oída las partes, este Juzgado 3° de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en uso de sus facultades legales conforme a lo previsto en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA: PRIMERO: Mantener el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida que por el lapso de 2 años fue impuesta a la sancionada XXXXXXXXXXXXXXXXX, visto lo manifestado por ésta, se denota desinterés de la misma en llevar una vida adecuada, no estudia ni trabaja, se hace necesarias orientaciones del punto de vista psicológico a objeto de que reflexione su modo de vivir y en virtud de ello se ordena a la sancionada a asistir a la Entidad de Atención Complejo Luces del Alba a cita en el área psicológica e igualmente s ele otorga un lapso de 15 días a fin de que consigne constancia de trabajo a la entidad. SEGUNDO: Oficiar a la Entidad de Atención Complejo Luces del Alba a objeto de solicitarles que sea reformulado el Plan de Acción en todas las áreas. TERCERO: Oficiar a la Psicóloga de la Entidad de Atención Complejo Luces del Alba, ciudadana ROSA TORREALBA a objeto de que evalué a la sancionada XXXXXXXXXXXXXXXXX. CUARTO: Practicar por secretaría la reformulación del cómputo de la sanción una vez consta la nueva matriculación de la sancionada. Se concluyó la audiencia siendo las 11:00 horas de la mañana. Se levantó acta de lo tratado, la cual una vez leída se firmó en señal de conformidad, quedando las partes presentes debidamente notificadas de lo aquí resuelto, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ,
ELENA BAENA
Siguen firmas………………