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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
 Circunscripción Judicial  del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 11
 Caracas, 16 de julio de 2010
 200º y 150º
 
 ASUNTO: AP51-S-2009-013112.
 
 Visto el escrito de Separación de Cuerpos  presentado en fecha 28 de julio de 2009, por los ciudadanos YAMINE YUMELY VARGAS RIVERO y RUBEN ALFREDO PLANAS NIETOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad números V.-14.755.218 y V.-6.727.078; respectivamente, debidamente asistidos de abogado, esta Sala de Juicio lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contraria a disposiciónes expresas de la  Ley, al orden público ni a las buenas costumbres; en consecuencia, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley  DECRETA dicha SEPARACION DE CUERPOS, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias, una vez sean suministrados los fotostátos correspondientes. Cúmplase.-
 LA JUEZ,
 EL  SECRETARIO,
 
 ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS.
 
 ABG. MARTIN JIMENEZ.
 
 
 DRC/SA/MARIANELA.GOMEZ***
 
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