REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, doce (12) de julio de dos mil julio (2010).

200° y 151°

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por la abogada Alejandra Van Hensbergen Palacios, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.230, procediendo en su carácter de apoderada judicial del Municipio Chacao del Estado Miranda, mediante la cual promovió y produjo documentales contentivas del expediente administrativo, este Tribunal los admite cuanto ha lugar en derecho y salvo su apreciación en la definitiva, por no ser ilegales ni impertinentes. Se ordena agregar a los autos el expediente administrativo como pieza separada.
EL JUEZ PROVISORIO,

LA SECRETARIA,


D/40





Exp. No 006482
Sandy