REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintidós (22) de julio de dos mil diez (2010).
200º y 151º
Visto el Oficio Nº 10-1184, de fecha 16 de julio de 2010, emanado del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en el cual informa a este Tribunal que la causa contenida en el Exp. Nº 6472, de la nomenclatura de ese Juzgado, se encuentra en estado de evacuación de pruebas, y vista igualmente la solicitud de acumulación presentada por la querellada, este Tribunal de conformidad con el numeral 4to del artículo 81 del Código de Procedimiento Civil, niega la acumulación solicitada, en virtud que el presente proceso se encuentra en etapa de dictar sentencia, y así se decide.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
D/26
Exp. Nº 006471
Sandy
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