REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 30 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AH18-S-2008-000328
SOLICITANTE: CARMEN ELENA ARISTIGUETA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.404.713.-
ABOGADO
ASISTENTE: Coromoto Vezga, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 87.408.
MOTIVO: Inserción de Acta de Defunción
FISCAL
ACTUANTE: Dra. Ynes Diaz Orellana, Fiscal Nonagésima Primera (91°) del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Se inició la presente solicitud mediante escrito consignado el primero (1°) de Octubre de dos mil ocho (2.008), por la solicitante antes mencionada, debidamente asistida de la abogada en ejercicio Coromoto Vezga. Solicitó la inserción del acta de defunción de su hijo, ciudadano YONDER ANTONIO CAMPOS ARISTIGUETA, quien era titular de la cédula de identidad Nº V-16.705.280, el cual falleció ab intestato el 29 de agosto de 2004.
En fecha diecisiete (17) de octubre de 2008 consignaron los documentos fundamentales para la admisión.
Se admitió la presente solicitud el cinco (05) de noviembre de dos mil ocho (2.008), y en esa misma fecha se acordó librar Cartel de Emplazamiento a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, para que comparecieran ante este Tribunal, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la publicación y consignación en el expediente del cartel correspondiente, a fin de que expusieran lo que estimaran conducente con relación al presente procedimiento y, se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial.
En fecha veintiuno (21) de noviembre de dos mil ocho (2008), se libró Boleta de Notificación al ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, que se encontrara de turno, la cual fue gestionada por el Alguacil, en fecha dieciséis (16) de diciembre de 2008, según consta de diligencia de fecha dieciocho (18) de mayo del 2009.-
En fecha 15 de junio de dos mil nueve (2009), compareció la ciudadana Ynes Díaz Orellana, Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Publico, en la cual se da por notificada del procedimiento.-
En fecha treinta (30) de junio de dos mil nueve (2009), se abocó al conocimiento de la presente causa el Juez que suscribe el presente fallo.
En fecha diez (10) de marzo de dos mil diez (2010), compareció el abogado Nestor Martinez, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 57.682, y consignó Cartel de Emplazamiento debidamente publicado en el diario “El Universal”.
-DE LAS PRUEBAS APORTADAS POR EL SOLICITANTE.-
Ratificó la solicitante mediante diligencia de fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil ocho (2008), asistida por la abogada en ejercicio Coromoto Vezga, en la cual consignó como recaudo probatorio en la presente solicitud certificado de defunción de YONDER ANTONIO CAMPOS ARISTIGUETA.
Establece el artículo 458 del Código Civil, el cual parcialmente se transcribe de la siguiente forma: “...si no se han llevado los registros de nacimiento y defunción, o si estos mismos registros se han interrumpidos u omitido los asientos, podrá suplirse el acta respectiva con cualquiera especie de prueba...” (Cursivas y negritas del Tribunal).
En el caso que nos ocupa, de las pruebas promovidas resulta evidente que no se encuentra inserta el acta de defunción del ciudadano YONDER ANTONIO CAMPOS ARISTIGUETA, quien era titular de la cedula de identidad Nº V-16.705.280, la Representación Fiscal no hizo objeción alguna a la misma y que no hubo oposición alguna de terceros al respecto.
- D I S P O S I T I V A -
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Inserción de acta de defunción solicitada por la ciudadana Carmen Elena Aristigueta Rodríguez, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-6.404.713, de su hijo YONDER ANTONIO CAMPOS ARISTIGUETA, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en el artículo 506 del Código Civil venezolano.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, a los 30 de Julio de 2010. 200º y 151º.
El Juez,
Abg. César A. Mata Rengifo
La Secretaria
Abg. Inés Belisario Gavazut
En esta misma fecha, siendo las 2:36 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Inés Belisario Gavazut
Asunto: AH18-S-2008-000328
CAM/IBG/Oscar
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