REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
200º y 150º
Caracas, 23 de julio de 2010
En virtud del permiso concedido y el disfrute del periodo vacacional 2006-2007, por parte del Dr. Victor José González Jaimes autorizado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, que en reunión de fecha 29 de Junio de 2010, me designó Juez Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, debidamente juramentado como me encuentro en fecha 14 de julio de 2010, tomando posesión de dicho tribunal el día viernes dieciséis (16) del presente mes y año, me avoco al conocimiento de la presente causa en el estado que se encuentra.-
EL JUEZ TEMPORAL,
Abg. LUIS PETIT GUERRA
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA
LPG/RM/grisel
Exp. N° 9759
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de julio de 2010.
Años: 200º y 151º
Vista la diligencia presentada en fecha 21 de julio de 2010, por la abogada Ana Tulia Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.973, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Carlos José Barreto Valderrey mediante la cual solicita se le expida copias certificadas de los folios 73 al 97, del folio 104 y el 140, en su orden, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas peticionadas, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, las cuales las suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos respectivos.- Cúmplase.
El Juez Temporal,
Abg. Luis Petit Guerra
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
En esta misma fecha, se acordó copias certificadas.-
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
Exp Nº 9759
LPG/RDM/grisel.-