REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
200º y 150º
Caracas, 30 de julio de 2010



En virtud del permiso concedido y el disfrute del periodo vacacional 2006-2007, por parte del Dr. Victor José González Jaimes autorizado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, que en reunión de fecha 29 de Junio de 2010, me designó Juez Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, debidamente juramentado como me encuentro en fecha 14 de julio de 2010, tomando posesión de dicho tribunal el día viernes dieciséis (16) del presente mes y año, me avoco al conocimiento de la presente causa en el estado que se encuentra.-
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. LUIS PETIT GUERRA
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA
LPG/RM/grisel
Exp. N° 9774

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, treinta (30) de julio de 2010.
Años: 200º y 151º

Vista la diligencia presentada en fecha 26 de julio de 2010, por la abogada Cruz Figueroa de Valero, en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.051; actuando en su carácter de representante judicial de la parte accionante, ciudadana Nely Teresa Vargas, mediante la cual solicita copias certificadas de los folios 1 al 17 y sus vueltos, 52 al 55 y sus vueltos, 82, 88 al 90, 129, 178, 181, 183 y 186, y del auto que lo solicita, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas peticionadas, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, las cuales las suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense copias certificadas una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Cúmplase.
El Juez Temporal,

Abg. Luis Alberto Petit Guerra
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata
En esta misma fecha, se insta al solicitante a consignar los fotostatos respectivos para su certificación.-
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata
Exp Nº 9774
LAPG/RDM/grisel





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiséis (26) de mayo de 2010.
Años: 200º y 151º

Vista la diligencia presentada en fecha 21 de mayo de 2010, por la abogada Norka Zambrano, en ejercicio de la profesión, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 83.700, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadanos Jorges Díaz Carmona y Víctor José Guzmán Figueredo, mediante la cual solicita copias certificadas de la totalidad del expediente, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas peticionadas, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, las cuales las suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense copias certificadas una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Cúmplase.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata
En esta misma fecha, se insta al solicitante a consignar los fotostatos respectivos para su certificación.-
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata
Exp Nº 9878
VGJ/RDM/grisel



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiséis (26) de mayo de 2010.
Años: 200º y 151º

Vista la diligencia presentada en fecha 24 de mayo de 2010, por el abogado Elio Castrillo, en ejercicio de la profesión, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.195, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana Judith Josefina Maiz de Mendoza, mediante la cual solicita copias certificadas de los siguientes folios cursantes en la Primera Pieza 1 al 8, 22 al 24, 30, 67 al 77, 80 al 89, 93 y 94, 109, 114 al 125, 129 al 133, 544 al 551 y de los folios cursantes en la Segunda Pieza 47 al 59, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas peticionadas, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, las cuales las suscribirá el Secretario en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense copias certificadas una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Cúmplase.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata
En esta misma fecha, se insta al solicitante a consignar los fotostatos respectivos para su certificación.-
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata
Exp Nº 9951
VGJ/RDM/grisel