REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, siete (07) de julio de 2010.
Años: 200º y 151º

Vista la diligencia de fecha 30 de junio de 2010, presentada por el abogado Edgardo González Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 105.351, actuando en su carácter de representante legal de la parte presuntamente agraviada y el pedimento en ella contenido, este Tribunal a los fines de proveer observa: el presente escrito de amparo constitucional fue presentado en fecha 03 de febrero de 2010, por ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, (Tribunal Distribuidor); en fecha 04 de febrero de 2010, se asignó para el conocimiento de la presente acción de amparo a este Juzgado y se dio cuenta en fecha 09 de febrero de 2010; en fecha 17 de febrero de 2010, este Juzgado exhortó a la parte accionante a la corrección del defecto que tiene el escrito de amparo; en fecha 03 de marzo de 2010, la parte acciónate presentó escrito saneador a los fines de purificar el proceso; en fecha 05 de marzo de 2010, este Tribunal admitió la presente acción de amparo; en fecha 19 de marzo de 2010, el alguacil de este Tribunal practicó la notificación del Ministerio Público y del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. De lo anteriormente señalado, se puede evidenciar que este Tribunal en sede Constitucional se ha pronunciado en las peticiones realizadas por la parte accionante del amparo, por lo que mal podría suplir la carga que le competen al accionante, como lo es consignar la copia certificada de la sentencia accionada. Cúmplase.-
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata

Exp Nº 9962
VGJ/RDM/Edward.-