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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 EN SU NOMBRE
 EL JUZGADO DÉCIMO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Años: 200º y 151º
 
 EXP.  Nº AP31-S-2010-004174.
 
 DEMANDANTES:	MATA VILLARROEL ZULAY DEL CARMEN, MATA VILLARROEL VICTORIA ISABEL, MATA VILLARROEL LUISA ELENA, MATA VILLARROEL VERONICA VANESSA, MATA VILLARROEL BELKIS ELENA, MATA VILLARROEL JOSE LUIS, MATA VILLARROEL DANIEL ENRIQUE, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.518.414, V-11.937.014, V-18.011.592, V-14.033.511, V-12.485.834 y V-11.937.013, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio DOCTORA SILVIA DEL ROSARIO PONTE GARCÍA., I.P.S.A., No. 80.150.
 
 MOTIVO:	           	UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
 
 I
 Acude a este Instancia los Ciudadanos MATA VILLARROEL ZULAY DEL CARMEN, MATA VILLARROEL VICTORIA ISABEL, MATA VILLARROEL LUISA ELENA, MATA VILLARROEL VERONICA VANESSA, MATA VILLARROEL BELKIS ELENA, MATA VILLARROEL JOSE LUIS, MATA VILLARROEL DANIEL ENRIQUE, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.518.414, V-11.937.014, V-18.011.592, V-14.033.511, V-12.485.834 y V-11.937.013, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio DOCTORA SILVIA DEL ROSARIO PONTE GARCÍA., I.P.S.A., No. 80.150, correspondiéndole el conocimiento de la presente solicitud a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.
 
 Como fundamentos a su solicitud, donde explanan, en fecha 17 de Diciembre de 2009 falleció ad intestato, en la ciudad de Guiria, quien en vida respondiera al nombre de IGINIO JOSE MATA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.329.511, en tal sentido solicitan, los ciudadanos MATA VILLARROEL ZULAY DEL CARMEN, MATA VILLARROEL VICTORIA ISABEL, MATA VILLARROEL LUISA ELENA, MATA VILLARROEL VERONICA VANESSA, MATA VILLARROEL BELKIS ELENA, MATA VILLARROEL JOSE LUIS, MATA VILLARROEL DANIEL ENRIQUE, antes identificados, sean declarados Únicos y Universales Herederos del de IGINIO JOSE MATA, antes identificado.
 
 El Tribunal observa, que el de cujus en su acta de nacimiento y acta de defunción aparece identificado como  “IGINIO JOSE”, ahora bien, en el acta de nacimiento de “VICTORIA YSABEL”, aparece identificado como “YGINIO JOSE”, y dicha ciudadana aparece identificada en el acta de defunción como “VICTORIA ISABEL”, así mismo en el acta de nacimiento de “ZULAY DEL CARMEN”, el de cujus aparece identificado como “YGINIO JOSE”, igualmente en el acta de nacimiento de “LUISA ELENA”, el de cujus aparece identificado como “YGINIO JOSE”, en tal sentido,  el error en el nombre del de cujus y una de sus hijas (VICTORIA YSABEL), es por lo que este Tribunal Niega la admisión de la presente solicitud, y así se decide.
 
 Publíquese, Regístrese y Notifíquese
 
 Dada, firmada y sellada, en Caracas a los 15 días del mes de Julio 2010. Años 200° y 151°
 LA JUEZ TITULAR
 
 
 Dra. LORELIS SANCHEZ
 
 ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬EL SECRETARIO  TITULAR
 
 
 Abg. EDUARDO JOSE GUTIERREZ
 
 En esta misma fecha, siendo las 02:30 a.m., se registro y publico la anterior sentencia.
 ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬
 
 EL SECRETARIO  TITULAR
 
 
 Abg. EDUARDO JOSE GUTIERREZ
 
 AP31-S-2010-004174
 LS/Ejg/es
 
 
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