REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 15 de Julio de 2010
Año 200° y 151°

ASUNTO N°: AP21-S-2010-000758

Vista la transacción presentada en fecha 02 de Julio de 2010, suscrita por la parte oferida, ciudadana KAREN JOHANA GONZALEZ FRANCO, titular de la cédula de identidad Nº 16.524.845, debidamente asistida por la abogada LEXY GOMEZ ORTEGA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 120.158, por una parte y por la otra la Sociedad Mercantil CENTRO NACIONAL DE RETINA Y VITREO (CENREV), C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 15 de abril de 2004, bajo el Nº 54, Tomo 893-A, representada por el abogado MANUEL L. SALAS ARANGUREN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 67.084, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS BOLIVARES CON 00/100 (Bs.71.700,00), pagaderos en tres (03) cuotas de la manera que se especifica a continuación: 1.- La cantidad de TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.F.35.700,00) fue cancelada el día 02 de julio de 2010, mediante dos (2) cheques de gerencia: El primero signado bajo el Nº 00181775 de la cuenta Nº 0108-0016-14-0900000011, del Banco Provincial, a nombre de KAREN JOHANA GONZALEZ FRANCO, por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.F.30.000,00) y el segundo signado bajo el Nº 01118807 de la cuenta Nº 0105-0032-00-2032118807, del Banco Mercantil, a nombre de KAREN JOHANA GONZALEZ FRANCO, por la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.F.5.700,00), 2.- La cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs.F. 18.000,00) será cancelada el día 19 de julio de 2010, 3.- La cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs.F. 18.000,00) será cancelada el día 02 de agosto de 2010, en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO
EL SECRETARIO
CARLOS MORENO