REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS
Caracas, 28 de julio de 2010
200° y 151°
Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente causa, este Tribunal estima necesario dictar auto para mejor proveer por considerar que se requiere información elemental para dictar sentencia de mérito, y al efecto ordena oficiar a la Sindicatura Municipal del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, para que remita al Tribunal la siguiente información/ recaudos:
• Registro de Información del Cargo de Asesor adscrito a la Junta Parroquial de San Pedro de la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, o en su defecto el Manual Descriptivo del Cargo.
• Control de Asistencia de la ciudadana Madelein Joselin Centeno Barreto, titular de la cédula de identidad nº V-16.370.808, del período comprendido 01-12-2008 al 15-12-2008, ambas fechas inclusive.
Requerimiento que deberá atenderse dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la notificación respectiva. Ello con motivo del recurso contencioso administrativo funcionarial, caso: Madelein Centeno Vs. Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, que conoce este Despacho Judicial en el expediente Nº 2009-969.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABOG. ANNY SOFÍA GARRIDO
Exp.- 2009-969
Mecanografiado por Maira Paz
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