REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 1° de julio de 2010
200° y 151°

Vista la diligencia de fecha treinta (30) de junio de 2010, suscrita por la abogada Ivon Karina Alves Coelho, procediendo en su condición de apoderada judicial del Instituto Nacional de Parques (INPARQUES), en el que solicita la revisión del término fijado para la evacuación de la prueba de exhibición de documentos, este Juzgado de Sustanciación para proveer observa:
El artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República obliga a todos los funcionarios judiciales a notificar al Procurador o Procuradora General de la República de toda oposición, excepción, providencia, sentencia o solicitud de cualquier naturaleza que directa o indirectamente obre contra los intereses patrimoniales de la República, y dispone que en tales casos, el proceso se suspenderá por treinta (30) días continuos contados a partir de la consignación de la notificación practicada en el respectivo expediente.
En el caso que nos ocupa el Instituto recurrido se encuentra a derecho y la representación judicial del mismo debe estar pendiente de la fecha en que el Alguacil del Tribunal consigne el oficio N° 0635-10 librado a la ciudadana Procuradora General de la República, para contar a partir de esa fecha los treinta (30) días a que se contrae la citada norma y una vez transcurrido dicho lapso, al día de despacho siguiente se deben contar los dos (2) días de despacho establecidos en el auto de fecha 19 de mayo de 2010, para que tenga lugar el acto de exhibición de documentos.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-R-2009-001368