REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 29 de julio de 2010
200° y 151°
Visto el auto de fecha veintisiete (27) de julio de 2010, dictado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo mediante el cual se remite el presente expediente a este Juzgado de Sustanciación a los fines del trámite correspondiente previsto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, aplicables supletoriamente de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal ordena la elaboración de un cuaderno separado con copias cerificadas del libelo y de las actuaciones cursantes a los folios ciento cuarenta y uno (141) al ciento cuarenta y cuatro (144), ciento cincuenta y uno (151) al ciento cincuenta y tres (153), ciento noventa y seis (196) al doscientos uno (201), doscientos tres (203) al doscientos diez (210), doscientos doce (212) al doscientos veintisiete (227), doscientos veintinueve (229) y su vuelto al doscientos treinta (230), y del presente auto.
Igualmente ordena la notificación del Ministerio Público conforme a los artículos 132 y 442 numeral 14 del Código de Procedimiento Civil, aplicables supletoriamente de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio y anéxese copia certificada del escrito de tacha, el de su formalización, contestación y del presente auto.
La Juez de Sustanciación,
Belén Serpa Blandín
El Secretario,
Jhotemberg Blanco Matheus
BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2009-000321
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