JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 07 de julio de 2010
200° y 151°

Vista la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha quince (04) de marzo de 2010, mediante la cual se declaró competente para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la ciudadana Amira Hamui, debidamente asistida por el abogado Pedro Zapata, contra la providencia administrativa Nº CAD-PRS-VECO-GCP-85963, de fecha 20 de noviembre de 2008, emanada de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos y ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que la causa continúe con el procedimiento de ley.

Visto asimismo el auto dictado en fecha 10 de junio de 2010, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante el cual acuerda pasar el presente expediente a este Tribunal.

En consecuencia, se ordena notifcar de conformidad con artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a las ciudadanas Fiscal General de la República, y Procuradora General de la República, esta última de conformidad a lo previsto en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza Ley Orgánica que rige sus funciones, y al ciudadano Presidente de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), según lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, concediéndole el término de diez (10) días continuos conforme a la norma antes mencionada, remitiéndole a dichos funcionarios copia certificada del recurso, de las actuaciones del presente expediente cursantes a los folios cinco (05) al ocho (08), veintitrés (23) al treinta y cuatro (34), así como del presente auto.


Una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas, se remitirá a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el presente expediente a fin de fijar la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jab/dvt
Exp. N° AP42-N-2009-000293