REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-V-2010-002926

Vista la solicitud de TITULO DE PROPIEDAD DE VEHICULO, realizada por el ciudadano JOSE GREGORIO ALEJOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.369.115, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado Aldo José Laporta, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 10.530, referida a que se emita título de propiedad, del vehículo con las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: DODGE, TIPO: SEDAN, USO: ALQUILER LIBRE, AÑO: 1.978, SERIAL DE MOTOR: 318GBYC417FA, SERIAL DE CARROCERÍA: P8-1423426, COLOR: BLANCO HORCHATA, PLACA: 108-014; este Tribunal niega su admisión por no corresponder a la actividad jurisdiccional la expedición de la autorización, titulo de propiedad, sino a las autoridades administrativas de Tránsito Terrestre, de conformidad con el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre. Déjese copia.

La Juez


MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria,

ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/dmg