REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: KP02-S-2010-005497
Revisadas las actuaciones que anteceden, este Tribunal observa que en el libelo de demanda presentado por la ciudadana CIRILA LEON, titular de la cédula de identidad Nº 5.240.734, asistida por el Abogado Franklin Escobar, Inpreabogado Nº 90.364, no se desprende el legitimado pasivo contra el cual se ejerce la presente demanda, presupuesto este necesario para la conformación de la relación jurídica procesal, razón por la cual, este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión propuesta. *ml*
El Juez,



Abg. Oscar Eduardo Rivero López

La Secretaria Acc,


Abg. Mariana Moreno Izarza