República Bolivariana de Venezuela


Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En horas de despacho del día de hoy Veintidós (22) de Julio del año Dos Mil Diez (2010), siendo las 10:00 a.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada: Lucia D’Angelo y la Secretaria: Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 1-3-A5, ubicado en la planta tipo nivel uno del edificio A5, que forma parte de la segunda etapa del Conjunto Residencial “TERRAZAS DE MAÑONGO”, ubicado en el Sector el Rincón, Jurisdicción del Municipio Naguanagua, del Estado Carabobo, en compañía del abogado VICTOR ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.752, apoderado judicial de la parte actora ciudadana: SANDRA MARGARITA MARANILLO FLORES, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al mandamiento de ejecución emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el cual ordeno Entrega Material y Embargo Ejecutivo, con motivo del juicio por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, seguido por la parte actora ya identificada contra el ciudadano: VICTOR MANUEL GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad N° 7.092.595. A continuación interviene el abogado actor y expone: “Solicito al tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución, igualmente solicito designe a la Depositaria Judicial Carabobo, Perito Avaluador y cerrajero”. El Tribunal deja constancia que realiza los tres toques de ley y nadie respondió. En este estado siendo las 10:25 hacen acto de presencia los ciudadanos VICTOR MANUEL GUTIERREZ y su esposa LILIAN JOSEFINA CASTILLO BURGOS, titulares de las cedulas de identidad números V 7.092.595 y V 11.917.339, a quienes se les notifica de misión a cumplir los mismos permiten el acceso del Tribunal al inmueble y este Juzgado se constituye en la sede del mismo y a petición del abogado actor designa a la Depositaria Judicial Carabobo representada por la ciudadana ADRIANA TERESITA MARQUEZ titular de la cedula de identidad N° V- 7.012.830, y Perito Avaluador al ciudadano: JUAN PEDRO COLMENAREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 10.643.606, quienes estando presentes exponen: “Aceptamos el cargo y juramos cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo.” El Tribunal ordena a la representante de la depositaria judicial practique inventario de bienes propiedad de la parte demandada. El demandado VICTOR MANUEL GUTIERREZ, paga en este acto la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs 820,oo), que es el monto condenado a pagar en la sentencia. A continuación el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace entrega material, del inmueble objeto de juicio, ya identificado en la presente acta al abogado VICTOR ORTIZ, ya identificado apoderado judicial de la parte actora ciudadana: SANDRA MARGARITA MARANILLO FLORES y el mismo expone: “Recibo el inmueble para mi representada, desocupado de muebles y personas en estado de hacerle mantenimiento en general de limpieza, pintura y reparaciones varias. Igualmente recibo la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs 820,oo) y solicito al Tribunal remita las actuaciones al comitente es todo”. El Tribunal deja constancia que cuenta con la custodia policial de dos funcionarios adscritos a la Policía del estado Carabobo al mando de la Cabo Primero CARMEN ESQUEDA, placa 2422. Asimismo se hace constar que en la práctica de la presente medida no se presentaron hechos de violencia y en todo momento de respetaron los derechos constitucionales de los presentes en la misma. Igualmente se deja constancia que el acta fue levantada en una LAPTO, LENOVO CORE T2330, serial N° L3-BD979 y se utilizo una IMPRESORA HP (C8151A) PORTATIL, serial N° S/SMY7BD5Z1VF. El tribunal considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente da por concluido el acto, es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
La Juez titular
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo

Apoderado actor
(Firma Ilegible)


Los Notificados
(Firma Ilegible) Depositaria Judicial
(Firma Ilegible)



Perito Avaluador
(Firma Ilegible)




La custodia Policial
(Firma Ilegible)




La Secretaria
(Firma Ilegible)