REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO


Valencia, 19 de julio 2010 Años: 200° y 151°

Vista la diligencia presentada en fecha 16 de diciembre 2009, suscrita por los ciudadanos WILMER TEJERA, JOSE GREGORIO NAVA, IRIS ARAUJO, LUCY RIOS, LIZZET LÓPEZ, AMÉRICA MENDOZA, CRISÁLIDA ZAMORA, RAÚL PALENCIA, NESTOR MORALES, ANDREINA ALVAREZ Y ARGENIS GONZÁLEZ, cédulaS de identidad N°s V-7.130.748, V-8.608.096, V-10.226.369, V-11.527.182, V-12.474.52 1, V-12.607.981, V-12.652.672, V-12.993.941, V-13.847.746, V-16.734.412 y V-19.230.205, respectivamente, asistidos por el Abogado MIGUEL FRANCISCO MUGNO CASTILLO, Inpreabogado Nº 87.130, parte querellante, mediante la cual desisten del procedimiento del Amparo Constitucional interpuesto contra la Inspectoría del Trabajo César Pipo Arteaga del Estado Carabobo, este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral y a las buenas costumbres, ni hallándose disposición expresa de la ley que impida su homologación, este Juzgador impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte querellante. Archívese el expediente.
El Juez Provisorio,

OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
El Secretario,


GREGORY BOLIVAR

Exp. N° 12.984.
OLU/silvia.
Diarizado N° ______.