REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-000700
PARTE ACTORA: RAFAEL ANTONIO HERNANDEZ PACHECO
PARTE DEMANDADA: COLEGIO UNIVERSITARIO MONSEÑOR
DE TALAVERA EXTENSION VALENCIA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 15 de Julio del año 2010, siendo la 1:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma por la parte actora representado por su apoderado judicial RONALD RODRIGUEZ, bajo el N° 134.916, y por las demandada: COLEGIO UNIVERSITARIO MONSEÑOR DE TALAVERA EXTENSION VALENCIA, representado por su apoderado judicial HECTOR BASTARDO, debidamente inscrito en el IPSA bajo el N° 132.256. Las partes luego de conversaciones sostenidas y a la mediación efectuada por el Tribunal, han llegado al acuerdo siguiente:
PRIMERO: La parte actora se denominara EL TRABAJADOR y la demandada LA EMPRESA. EL TRABAJADOR, manifiesta que inicio la relación laboral 01/06/2006 fecha de egreso 12/01/2010, por retiro voluntario, que reclama sus prestaciones sociales.
SEGUNDO: “LA EMPRESA” alegan que es falso que a “EL TRABAJADOR”; se le deba la cantidad solicitada a los autos y de igual forma cada uno de los conceptos reclamados. TERCERO: OFERTA TRANSACCIONAL: No obstante las diferencias existentes entre las partes y en aras a su resolución y sin que ello constituya aceptación de los conceptos reclamados o de algún derecho por “EL TRABAJADOR”; “LA EMPRESA” ofrece como transacción una cantidad definitiva de (Bs. 28.000,00), para ser cancelados en 2 pagos uno en fecha 2 de Agosto por la cantidad de Bs. 18.000,00 y un 2 pago para el 20 de septiembre del año 2010 por la cantidad de Bs. 10.000,00, por ante la Unidad receptora de documentos, en cheques de gerencias a nombre de RAFAEL ANTONIO HERNANDEZ PACHECO.

ACEPTACION DE LA TRANSACCION
“EL TRABAJADOR” conviene y reconoce que en el pago de la cantidad transaccional acordada por las partes y señalada anteriormente, quedan incluidos los conceptos concernientes a las Prestaciones Sociales: Prestación de Antigüedad, Intereses sobre Prestación de Antigüedad, utilidades, vacaciones fraccionadas y vencidas, bono vacacional vencido y fraccionado, horas extras y domingos laborados no cancelados. De igual forma EL TRABAJADOR manifiesta no tener nada que reclamar a la demandada COLEGIO UNIVERSITARIO MONSEÑOR DE TALAVERA EXTENSION VALENCIA, con la transacción aquí realizada. Las partes solicitaran el cierre del expediente una vez cumplida la obligación. Las partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículo 9 y 10 de su Reglamento, el artículo 1.718 del Código Civil y el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil y solicitan a la ciudadana Juez que homologue esta transacción, proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo con vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de EL TRABAJADOR derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada y se exhorta a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia.

LA JUEZ,


ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA.

ABG. Dayana Tovar
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, siendo la 1:00 p.m.

LA SECRETARIA.

ABG. Dayana Tovar