REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 21 de Julio del año dos mil diez
200º y 151º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-0001323
PARTE ACTORA: EMETERIO PEREIRA, titular de la cédula de identidad N° 2.383.125
DEMANDADA: GRUPO PROMOINVEST, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 21 de Julio del año 2010, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que tanto la parte actora EMETERIO PEREIRA, titular de la cédula de identidad N° 2.383.125, como la demandada GRUPO PROMOINVEST, C.A., no se encontraban al momento del llamado a viva voz efectuado en dos oportunidades por el alguacil VICTOR SEIDEL, por lo cual este tribunal vista la incomparecencia de las partes a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por apoderado judicial alguno, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 200° y 151 °.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 10:00 a.m.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR
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