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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, uno de junio de dos mil diez
 200º y 151º
 
 ASUNTO: AP21-L-2010-002356
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002356
 PARTE ACTORA: ANTONIO GABRIEL BARRERA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA ALEJANDRA MENDOZA CARRASCO, XIOMARA QUINTERO,  Y DALIA COIRAN.
 PARTE DEMANDADA: BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el día hábil de hoy uno de junio de dos mil diez, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL; debidamente representada por   LOURDES NIETO FERRO   inscrito en el IPSA bajo el N°  35.416,  quien consigna copia de poder el cual se ordena agregar a los autos; Asimismo se deja expresa constancia de que la parte actora ANTONIO GABRIEL BARRERA no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE  REGISTRESE  Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
 La Jueza
 
 Abg. Vilma Leal.
 
 Por la Parte Demandada
 
 La Secretaria.
 
 Abg. Norialy Romero.
 
 Nota. En esta misma fecha previa las formalidades de Ley se cumplió con lo ordenado.
 La Secretaria.
 
 Abg. Norialy Romero.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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