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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
 Caracas, 16 de Junio de 2010
 200º y 151º
 ASUNTO: AP51-S-2010-002583
 Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio catorce (14), del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanas JOSÉ GREGORIO PALMA AMADOR y MARÍA KRISTEL ÁLVAREZ HURTADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 6.309.598 y V-17.753.119. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los adolescentes YOLIMAR  MICHEL y YEIFREDDY JOSÉ PERDOMO URTADO; a los ciudadanos,  de diecisiete (17), catorce (14), diecinueve (19) y diecinueve (19) años de edad, respectivamente; y a la ciudadana NELIDA MARÍA URTADO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 12.402.810; hijos y cónyuge del De Cujus FREDDY JOSÉ PERDOMO BANQUETT, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.824.412, quien falleció en fecha dos (02) de Diciembre del año 2008; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
 Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por Secretaría. Cúmplase con lo ordenado.
 LA JUEZ,
 
 ABG. SARA GUARDIA SOTO.
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. ADRIANA MIRELES
 
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