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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 12
 Caracas, dieciséis (16) de junio de dos mil diez
 200º y 151º
 
 ASUNTO: AP51-S-2010-009740.
 Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copias certificadas del acta de defunción, matrimonio y de nacimientos que cursan a los folios cuatro (04), cinco (05), siete (07) y ocho (08), respectivamente, del presente expediente; así como las declaraciones de las testigos ciudadanas ELIZABETH MONTILLA y MARISOL ASCANIO PANTOJA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.163.733 y V-6.323.213, respectivamente.  Este Tribunal  de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano DOUGLAS JOSE SERRANO LEON, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° 6.864.909, a los niños, de cinco (05) y tres (03) años de edad y a su cónyuge la ciudadana MARITZA ISABEL RONDON CORREA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 6.210.540. Quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Así se decide.-
 Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria.-Cúmplase.-
 LA JUEZ
 LA SECRETARIA
 ABG. SARA E. GUARDIA SOTO.
 
 ABG. ADRIANA MIRELES.
 
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